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El Juzgado de lo Social considera relación laboral la mantenida por un “consultor” con una empresa.
El actor, que ha estado representado y asistido por el Abogado Manuel Alcedo Baeza, Letrado fundador de MONTE REY ABOGADOS, prestaba sus servicios en el año 2013 para determinada empresa en Arabia Saudí, siendo contactado por responsable de multinacional ubicada en España, quien le trasladó oferta de empleo para prestar sus servicios para la misma.
Tal circunstancia fue la que determinó que el actor dejara su puesto de trabajo y se desplazara a España. Estando ya en nuestro país se le comunicó que había problemas para suscribir contrato de trabajo y que sería contratado como autónomo, no teniendo otra salida que aceptar, pues la vuelta a Arabia resultaba inviable.
Tras más de cinco años de vinculación, por la empresa se le remitió carta de resolución del contrato de prestación de servicios con fecha de efectos 30 de septiembre de 2018.
Se presentó demanda de despido interesando la declaración de la relación como laboral común y que el despido fuera calificado como improcedente.
Si desea mayor información, puede contactar con el Letrado que asumió la Dirección en malcedo@montereyabogados.com. También puede acceder a la Sentencia en el siguiente enlace
2020_03_19_SENTENCIA