Noticias

Sentencia de 5 de diciembre de 2019 le da la razón a Empresa de Seguridad contra Compañía Aseguradora.

Sentencia de 5 de diciembre de 2019 le da la razón a Empresa de Seguridad contra Compañía Aseguradora. La Empresa de Seguridad y la Asegurada tenían concertado contrato de mantenimiento de sistemas de seguridad. Se formula demanda de reclamación de determinada cantidad por los daños sufridos como consecuencia del deficiente cumplimiento de las obligaciones que correspondían a la parte demandada según contrato suscrito entre la demandada y la asegurada de la actora, más concretamente, por los daños sufridos como consecuencia del robo detectado en su instalaciones el 13/6/2017 por fallos en el sistema de seguridad concertado con la parte demandada. La Sentencia desestima la demanda por entender que no se ha acreditado por al actora la deficiente prestación del servicio por parte de la obligada. No se ha practicado prueba en orden a acreditar que la alarma fue oportunamente conectada, imprescindible para que haya comunicación de incidencias a la CRA, ni que una vez conectada, se produjera un fallo en el sistema de conexión con la CRA, que impidió que el sistema de seguridad desplegara plenos efectos. La defensa de la Empresa de Seguridad ha sido prestada por el Letrado Manuel Alcedo Baeza, de MONTE REY ABOGADOS.SENTENCIA

Autor


Avatar