
Si llegaran a la conclusión de que dichas cláusulas son abusivas, podrán sustituirlas por un índice legal aplicable de manera supletoria para proteger a los consumidores en cuestión de las consecuencias especialmente perjudiciales que podrían derivarse de la anulación del contrato de préstamo.” Si tiene alguna duda o precisa realizarnos alguna consulta o el texto íntegro de la Sentencia puede pedirnosla en el 954537586 o en info@montereyabogados.com 2020_03_03_IRPH_CURIApdf
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